LA IDENTIDAD ES DE TODOS

La ley para el cambio legal del sexo evidencia el encasillamiento de la transexualidad como patología

El simple hecho de haber nacido en un cuerpo no normativo ha provocado la psiquiatrización de las identidades del colectivo trans. A pesar de que nuestra Declaración Universal de Derechos Humanos defiende que todo individuo nace en igualdad de dignidad y derechos, esta minoría sigue padeciendo una fuerte violencia social.

“No necesitas que nadie te defina o te complete”

Con “psiquiatrización” nombramos a la práctica de definir y tratar la transexualidad bajo el estatuto de trastorno mental.De esta forma se oculta la transfobia dejando a un lado la propia identidad de género del individuo.Por eso , cada 31 de marzo se celebra el día internacional de la visibilidad de las personas trans, no binarias y de género no conforme,con la única finalidad de acabar con la discriminación que sufre el colectivo.

¿Cuál es la diferencia entre transexual y transgénero?

Hoy día estamos conectados en todo momento y tenemos la suerte de poder acceder a cualquier tipo de información en cuestión de segundos.Sin embargo, 4 de cada 5 personas no saben responder ante la siguiente pregunta :¿Cuál es la diferencia entre transexual y transgénero? Ambos términos están relacionados pero no son equivalentes.

Cuando te consideras opuesto al sexo con el que has nacido y quieres cambiarlo,es decir, si eres hombre pero te comportas como lo haría «una mujer» y, además, quieres ser «biológicamente mujer» o viceversa , la designación más correcta sería transexual. Desde otro ángulo , si naces mujer pero no comulgas con lo femenino y lo haces con lo masculino, pero no cambias tu anatomía es lo denominado transgénero. No hace falta cambiar, ni biológica ni socialmente, no hace falta ser 100% hombre o mujer.

Es importante resaltar que no es hasta 2018 cuando la OMS eliminó de su lista de enfermedades mentales la transexualidad a la que denominaba “Trastorno de Identidad de Género” (TIG) y le atribuyó el nombre de “Disforia de Género” o “Incongruencia de Género”.Anteriormente, varios psiquiatras proponían tratamientos

a los niños y niñas que presentaban comportamientos de género no-normativos y se les aplicaba terapias reparativas de adaptación al rol de origen.

Barreras legales en España que limitan el derecho a la identidad de género

La situación en España sigue siendo alarmante a pesar del progreso conseguido. Según la USO el 42% de las personas transgénero han sufrido algún tipo de maltrato, físico o psicológico.Igualmente, los miembros de esta comunidad deben enfrentarse a una serie de dificultades adicionales a nivel institucional.

El Estado afirma que va a permitir una vida más amena a las personas trans, pero solo a aquellas que decidan vivir el género como el Estado impone.En cuanto a los requisitos para la rectificación registral, existen aspectos tanto positivos como negativos e incluso contradictorios. El principal avance consiste en la eliminación de la necesidad de someterse a la cirugía de reasignación sexual como requisito inexcusable para la modificación registral.Todo esto gracias a la reivindicación de los movimientos LGTBIQ+ como primer paso hacia la despatologización de la transexualidad.

No obstante, la primera ley estatal que regula la realidad trans es la 3/2007 la cual tiene claras debilidades. De una manera u otra , la posibilidad del cambio registral recae en las manos de los médicos.A día de hoy, se exige un diagnóstico de disforia de género acompañado de un tratamiento hormonal de dos años para poder rectificar la mención del sexo en el documento nacional de identidad. El Estado justifica que es necesario tener las características físicas al sexo reclamado , excepto cuando exista un informe médico que, por razones de salud o edad, exima a la persona de esta condición. ¿Es entonces imprescindible tener voluminosos pechos y caderas pronunciadas para ser mujer ?¿ Es necesaria una barba frondosa y voz profunda para ser reconocido como hombre? De hecho , muchos hombres y mujeres cisgénero no cumplen los requisitos que se le reclama a la comunidad trans.

Sexo regristral en el ámbito laboral y futuros proyectos

Más de las tres cuartas partes de las personas trans no cambian su género legal en toda la Unión Europea, según la encuesta LGTBI realizada por la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) en 2019. Este dato sugiere que un elevado porcentaje de personas trans conviven con documentos de identidad que no se corresponden con su identidad de género.Por lo tanto ,también se ven afectados en el ámbito laboral.Una simple entrevista de trabajo incrementa las posibilidades de discriminación por el impacto del nombre en el registro y expresión de género.

Sin embargo, no todos son malas noticias.El año pasado, el Ministerio de Igualdad, bajo el mando de la ministra Irene Montero, decidió proponer una nueva ley en materia trans. El anteproyecto de ley hará posible el cambio de sexo en el Registro Civil sin necesidad de informe ni tratamiento médico a partir de los 14 años. Los menores lo podrán hacer, pero asistidos por su madre, padre o tutor legal.

Esto supone la despatologización del colectivo, es decir, se dejará de considerar enfermas a las personas trans.Así pues, la lucha por nuestra identidad solo acaba de empezar. Debemos apoyarnos en el amor de quienes nos acompañan en nuestros momentos de adversidad porque aunque no lo parezca , la comunidad trans existe.Los niños con vulva existen , las niñas con pene también y no se puede concebir la libertad si seguimos en un mundo de desigualdades.

Abel López García
Activista trans del grupo joven Colectivo GALACTYCO

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.